Manual de Instruccion

 

7. NORMAS GENERALES A OBSERVAR
1. A quien perturbe el absoluto silencio que se requiere en la biblioteca, con palabras o ruidos, se le invitará a salir. En caso de que no obedezca a este llamado, se le pedirá su carné y se le suspenderá el uso de la biblioteca por un semestre. La reincidencia en la alteración del silencio conlleva la remisión del caso a las autoridades correspondientes a fin de que se apliquen otras medidas de lugar.

2. Al usuario que intente sacar un material ilegalmente le será suspendido el derecho a préstamo hasta tanto se resuelva la situación. El caso se remitirá a las autoridades correspondientes a fin de que se apliquen otras sanciones o medidas de lugar.

3.Todo usuario a quien corresponda pagar multa firmará el pagaré correspondiente. Los estudiantes pagarán las multas dentro de los quince días siguientes a la firma del pagaré. El no cumplimiento del pago conllevará la suspensión del préstamo.

4. El estudiante que no haya devuelto los libros prestados o que tenga multas pendientes no tendrá derecho a inscribirse hasta tanto no retorne esos libros o materiales atrasados a la biblioteca y haya pagado sus multas en la Oficina de Contabilidad.

5. El estudiante de último año antes de proceder al acto de graduación debe pasar por la biblioteca a devolver el material en calidad de préstamo. En caso de no poseer materiales en préstamos, procurar un certificado de no adeudo.

 

 

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